El Ministerio de Hacienda informó que ya se publicó en el Diario Oficial un importante beneficio tributario extraordinario que recibirán aquellas personas que compren una nueva vivienda en Chile.
Desde la misma cartera de Hacienda detallaron que la medida consiste en un crédito tributario que se imputa contra el impuesto a la renta de la personas, al que podrá acceder incluso aquellas que estén exentas del pago del Impuesto Global Complementario.
Este beneficio podrá ser utilizado únicamente para la compra de una vivienda. Para ello, contará con un crédito anual que será el monto menor entre los dividendos efectivamente pagados por concepto de garantía hipotecaria. Es decir, todo aquel que sea suscrito bajo un monto equivalente a 16 UTM ($1.000.000).
Los requisitos
Sin embargo, se deben cumplir con ciertos requisitos. Uno es que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final conforme a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, y se trate de la primera venta efectuada sobre ella. También podrán acceder al beneficio aquellas viviendas que no cuenten con recepción final conforme en dicha fecha, siempre que respecto de ellas exista un contrato de promesa de compraventa que conste en escritura pública o documento protocolizado suscrito con fecha posterior al 16 de octubre de 2023.
Otro punto es que la compraventa se celebre a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y la vivienda adquirida se encuentre inscrita a nombre de la persona beneficiaria en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024. Si se trata de la compra de una vivienda efectuada por un beneficiario de un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sólo será necesario que la respectiva escritura de compraventa se haya suscrito entre la entrada en vigencia de la presente ley y la fecha antes mencionada.
¿Desde cuándo puedo hacer uso del beneficio tributario para la compra de vivienda?
La Ley especifica que el beneficio regirá para los años tributarios 2024 a 2029 para aquellas personas que adquieran una nueva vivienda con destino habitacional.
Por otra parte, este será compatible con todos los subsidios que permitan la compra de una vivienda otorgados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).
Además, también está incluido para aquellos que cuenten con el beneficio tributario de rebaja del gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.
Fuente: redgol.cl